F.A.Q. - Preguntas y Respuestas

- ¿Qué es el Servicio Comunitario?
Es una oportunidad para que la comunidad pueda beneficiarse de los conocimientos adquiridos por el estudiante durante su tránsito por la educación superior (Art. 4, LSCEES).
- ¿Quiénes deben prever y facilitar los medios requeridos para la realización del Servicio Comunitario?
Solamente las Instituciones de Educación Superior, deben prever y facilitar los medios requeridos para la realización del Servicio Comunitario. (Art. 10, LSCEES)
- ¿El Servicio Comunitario implica la supresión de las Pasantías?
No, el Servicio Comunitario no implica la supresión de las pasantías, es por ello que se impulsa su ejecución a partir de la carga académica cursada y aprobada. (Art. 16, LSCEES)
- ¿El Servicio Comunitario implica la supresión del Trabajo Final de Grado?
No, el Servicio Comunitario no implica la supresión del Trabajo Final de Grado.
- ¿El Servicio Comunitario es una sanción disciplinaria o castigo?
No, el Servicio Comunitario no es una sanción disciplinaria o castigo, Es una oportunidad para que la comunidad pueda beneficiarse de los conocimientos adquiridos por el estudiante durante su tránsito por la educación superior.
- ¿El Servicio Comunitario es una especie de voluntariado o altruismo?
No, el Servicio Comunitario no es voluntariado o actos de altruismo, Es una oportunidad para que la comunidad pueda beneficiarse de los conocimientos adquiridos por el estudiante durante su tránsito por la educación superior. “Voluntariado es aquella persona que emprende un trabajo libremente, sin expectativa de remuneración alguna, en beneficio de alguien que no sea familia inmediata, no requerido por el Estado u otras administraciones públicas “. (THE VOLUNTER CENTRE), “Altruismo, es la preocupación o devoción desinteresada por el bienestar de otros”
- ¿A quien esta dirigida la prestación del Servicio Comunitario?
Esta dirigida al estudiante de educación superior, por consiguiente los egresados de pregrado universitario solo deben cumplir con el servicio comunitario una vez, esto aplica a los títulos de Técnico Superior Universitario y a Licenciatura.
- ¿Si curso otra carrera de pregrado, debo cumplir nuevamente con el Servicio Comunitario?
No es necesario, entendiendo con ello que ya fue prestado durante el curso de la primera carrera.
- ¿Debo pagar algo por prestar el Servicio Comunitario?
No, a ningún estudiante se le debe cobrar ningún arancel o cuota extra por cumplimiento del Servicio Comunitario.
- ¿Deben pagarme las horas que invierto en la prestación del servicio comunitario?
No, el servicio comunitario, no genera ninguna relación contractual o laboral con la Institución de Educación Superior ni con el organismo o comunidad con quien se esta prestando el servicio?
- ¿Puedo cobrar honorarios a la comunidad donde estoy prestando el Servicio Comunitario?
No, en el ejercicio del Servicio Comunitario, es servidor no puede recibir dinero, ni especies de parte de la comunidad a quien presta su servicios, ya sea de manera directa ni indirecta.
- ¿Cuánto dura el Servicio Comunitario?
El Servicio Comunitario tendrá una duración mínima de 120 horas que deben cumplirse en un lapso no menor de 3 meses. Es posible cumplir con la obligación del Servicio Comunitario con más de un Proyecto, siempre que la suma de las horas de sumen, como mínimo, las 120 horas requeridas por la Ley.
- Que otro requisito debo cumplir para la prestación del Servicio Comunitario, adicional al 50% de la carga académica y de los Talleres de Inducción?
Para aquellos proyectos que requieran una capacitación especial, deben realizarse aquellos seminarios, cursos o talleres que así sean requeridos para la realización del mismo. El tiempo invertido en el entrenamiento especial es contabilizado como parte del lapso total de duración del Servicio Comunitario, siempre y cuando esa acreditación no sea superior al veinte por ciento (20%) de la duración de cada proyecto.
- ¿Cómo se evalúa el cumplimiento del Servicio Comunitario?
Al término el estudiante deberá entregar un informe final de acuerdo a los modelos elaborados, y dicha evaluación se realizará en términos del Trabajo cumplido y del informe final. La Calificación definitiva será “cumplió” o “no cumplió”. En el último caso, el estudiante deberá realizar un nuevo Servicio Comunitario.
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